El Instituto de Patrimonio Histórico
Español emitió en 2007, a instancias de la Dirección General de Bellas Artes,
organismo dependiente del Ministerio de Cultura, un contundente informe en
contra del derribo de las naves laterales y posteriores de la Tabacalera. El
Instituto de Patrimonio Histórico hace suyos los argumentos de la Real Academia
de San Carlos, que instó sin éxito a la intervención del ministerio en el
expolio de la fábrica de tabacos, y asegura que «hay motivos suficientes para
manifestar que la propuesta de demoler varias de las naves que componen el
conjunto fabril constituye un atentado a la integridad del carácter unitario
del conjunto de la fábrica de tabacos».
El informe apunta además que la idea
de «sustituir las naves por edificios de viviendas en altura alteran
fuertemente la volumetría del conjunto».
El informe al que ha tenido acceso este diario no ha transcendido hasta la fecha y está por ver si el Ministerio de Cultura lo aportará a la documentación que le reclama el Tribunal Superior de Justicia en cumplimiento de una sentencia de junio pasado del Tribunal Supremo. Como se ha publicado, el alto tribunal anuló la sentencia de 2010 del TSJ que avalaba los derribos en la fábrica, uno de los edificios de la Exposición Regional de 1909, y ordenó revisar el recurso teniendo en cuenta la documentación sobre el convenio urbanístico y el derribo de las naves.
El silencio del ministerio
Salvem Tabacalera no entiende los motivos
por los que el informe del Instituto de Patrimonio, que los responsables del
ministerio califican de documento interno, «se guardó en un cajón y no se ha
vuelto a saber del mismo hasta ahora».
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El grupo municipal socialista ha
advertido, en relación a los requerimientos del TSJ al ministerio y la
Conselleria de Cultura, de que hará llegar toda la documentación requerida por
el tribunal si estas administraciones no envían lo que se les reclama. En
especial, destacan el informe de la Conselleria de Cultura de 2002 que propone
al Ministerio de Cultura que se incluya la Tabacalera en el Catálogo Nacional
de Patrimonio Industrial, lo que suponía proteger como bien de interés cultural
la fábrica y el informe del Instituto de Patrimonio.
Este último informe hace suyos los
argumentos de la Real Academia de San Carlos, que en diciembre de 2007, ante la
«inminente demolición de la naves», solicitó un informe técnico sobre el valor
del edificio y la necesidad de conservarlo. Según la academia, «el conjunto de
edificios de la Tabacalera debería mantenerse en su integridad, respetándose
todas sus partes, sin que se produzcan alteraciones volumétricas que
necesariamente han de desvirtuar la homogeneidad del conjunto».
A
continuación os transcribo parte la sentencia del Tribunal Supremo nº 4335/2010
09-07-2013, sobre el derribo de Tabacalera de Valencia.
Marginal: PROV\2013\271798
Tribunal: Tribunal Supremo, Madrid Sala 3
(Contencioso-Administrativo) Sección 5
Fecha: 09/07/2013
Jurisdicción: Contencioso-Administrativa
Recurso de casación núm. 4335/2010
Ponente: Jesús Ernesto Peces Morate
Casación
ha lugar porque la Sala de instancia debió enjuiciar la conformidad o no a
derecho del convenio urbanístico determinante de la permuta llevada a cabo para
posibilitar la modificación del Plan General de Ordenación Urbana, y porque
denegó parte de las pruebas interesadas por la asociación demandante tendentes
a acreditar la disconformidad a derecho del derribo de las dos naves del recinto
de la Tabacalera y su sustitución por dos edificaciones de uso residencial con
nueve plantas cada uno.
....
Fallamos
Que,
con estimación de los motivos de casación segundo y tercero, sin examinar el
quinto, debemos declarar y declaramos que ha lugar al recurso interpuesto por
la Procuradora Doña Isabel Cañedo Vega, en nombre y representación de la
asociación "Salvem Tabacalera", contra la sentencia pronunciada, con
fecha 26 de abril de 2010, por la Sección Primera de la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad
Valenciana en el recurso contencioso- administrativo número 1036 de 2006 , la
que, por consiguiente, anulamos, al mismo tiempo que ordenamos reponer las
actuaciones al momento de resolver acerca de los medios de prueba pedidos por
la representación procesal de la asociación demandante "Salvem
Tabacalera", debiendose admitir toda la prueba documental relativa al
carácter protegible del conjunto de edificaciones que se alzaban en el recinto
de la antigua Fábrica de Tabacos, a la valoración del edificio de la Plaza de
América y al resultado de la subasta del edificio de los antiguos juzgados de
la calle Navarro Reverter, es decir la documental incluída en el escrito de
proposición de prueba bajo el epígrafe b) documentos oficiales, que no hubiese
sido practicada como diligencia final por decisión de la propia Sala de instancia,
para lo que se cursarán las pertinentes comunicaciones al Ayuntamiento de
Valencia, a la Consejería de Cultura de la Generalidad Valenciana, a la
Consejería de Economía y Hacienda de la misma Generalidad Valenciana y al
Ministerio de Cultura, debiendo continuarse el proceso en la instancia por sus
trámites hasta dictarse sentencia, que decidirá también las cuestiones
planteadas por la asociación demandante en relación con el convenio urbanístico
aprobado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Valencia de fecha
22 de abril de 2005, sin formular expresa condena respecto de las costas
causadas en este recurso de casación.
En
junio de 2013 ya aparecieron noticias sobre el derribo que se realizó en la
Tabacalera de Valencia.
El
Supremo anula el fallo que avaló los derribos de Tabacalera.
Las naves laterales del conjunto
histórico de Tabacalera en Valencia ya no existen porque fueron derribadas por
el Ayuntamiento pero el conflicto judicial en torno a esa decisión se ha
reabierto en los tribunales. La sección quinta de la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha anulado la sentencia
del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) que avaló
en 2010 los derribos de dos naves del antiguo edificio de Tabacalera ejecutados
tres años antes. En el procedimiento debieron analizarse pruebas documentales
que los magistrados no admitieron y esa documentación pedida en su momento por
Salvem Tabacalera, contraria a la operación urbanística impulsada por la
alcaldesa de Valencia, Rita Barberá, deberá estudiarse ahora para dictar una
nueva sentencia sobre el caso.
El tribunal valenciano tendrá que
pronunciarse tanto sobre la protección del conjunto de edificios de Tabacalera
como el convenio urbanístico del Ayuntamiento con la constructora Guadalmedina que
la oposición al PP consideró un pelotazo en favor de la empresa inmobiliaria,
que por medio de una permuta un edificio municipal y el suelo de las naves
derribadas en Tabacalera.
El Alto Tribunal ha estimado varios
de los motivos del recurso presentado por Salvem Tabacalera contra la sentencia
del TSJCV que bendijo la modificación del Plan General de Ordenación Urbana
(PGOU), de 30 de junio de 2006, que permitió derribar parte del antiguo
edificio Tabacalera. El Supremo anula la resolución valenciana y obliga a
retrotraer las actuaciones al momento de la entrega de documentación en la fase
de pruebas del contencioso.
El fallo no entra a valorar la
legalidad de las obras, del convenio o de la modificación del plan, sino que
ordena admitir los informes solicitados por Salvem para que su análisis y
valoración forme parte de una nueva sentencia.
La plataforma Salvem Tabacalera ha
calificado de "positiva" la sentencia y ha asegurado que continuará
"insistiendo" para que se reconstruya la parte derribada y así
"poder dejar a las futuras generaciones este recuerdo de la joya más
importante del patrimonio industrial valenciano".
El colectivo destaca que el Supremo
"avala todos los planteamientos" que la asociación expuso en el
recurso, "principalmente" que es necesarios "entrar a valorar el
convenio urbanístico y la permuta", que Salvem tilda "de auténtica
operación inmobiliaria".
Igualmente, defiende Salvem, se
podrán aportar al procedimiento "las pruebas necesarias para concluir que
la Tabacalera era el mejor referente del patrimonio industrial valenciano, que
por una decisión arbitraria de Ayuntamiento y Generalitat fue demolida
parcialmente, generando plusvalías privadas a la mercantil Guadalmedina que
adquirió el edificio a Altadis, a pesar de estar protegido en su totalidad y
con uso industrial y consiguiente pérdida de patrimonio público, monumental y
económico de la ciudad de Valencia".
Salvem Tabacalera recuerda que
surgió precisamente "con el único propósito de mantener la Tabacalera
íntegra, para que una vez rehabilitada mantuviera el esplendor tal como fue
concebida, con todas sus naves laterales y traseras".
Asimismo, lamenta que el proceso
"ha causado también unas importantes pérdidas al erario público" y
considera que la revisión del convenio urbanístico del Ayuntamiento con la
constructora y Altadis así lo demostrará.
"Mutilación en toda regla"
El Grupo Municipal Socialista ha
felicitado a la plataforma por la sentencia y ha resaltado que “el caso de la
operación inmobiliaria de la Tabacalera es un claro ejemplo de expolio al
patrimonio". El concejal Vicent Sarrià ha destacado que “nadie ha
explicado, ni desde el Ayuntamiento ni desde la Generalitat, las poderosas
razones por las que una vez que la mercantil Guadalmedina compra la Tabacalera
a Altadis, se inicia un proceso inmobiliario y se abandona la idea de la
protección” del complejo, con el resultado de “una mutilación en toda regla de
un edificio emblemático” de la ciudad.
En su momento, los socialistas
denunciaron la operación con Guadalmedina ante la Fiscalía Anticorrupción. El
grupo municipal estimó que la permuta arrojó para la mercantil un beneficio que
superaba los 120 millones de euros, ya que le permitía derribar un edificio
municipal con vistas al Jardín del Turia para construir pisos y también le daba
el suelo de las naves laterales de Tabacalera derribadas para su negocio
inmobiliario. La Fiscalía no vio trato de favor a Guadalmedina.
Sarrià se ha felicitado de que el
Tribunal Supremo “ponga las cosas en su sitio y obligue al TSJCV a entrar en el
fondo de la cuestión” tanto del valor histórico y patrimonial de Tabacalera
como el convenio urbanístico con la constructora del grupo Ballester.
Por su parte, el portavoz del grupo
municipal de Esquerra Unida, Amadeu Sanchis, ha considerado “muy positivo” que
el Tribunal Supremo haya decidido estimar el recurso de Salvem Tabacalera. EU
se opuso “desde un principio” a la operación.
Para Sanchis, el fallo deja en
evidencia que la modificación puntual del PGOU a las que se sometió a
Tabacalera y el edificio municipal de la permuta “coincidían en los tiempos con
las prisas e intereses de los promotores privados, en concreto, la mercantil
Guadalmedina, a costa de la protección que la ley obligaba”.
El Ayuntamiento “debe proceder
inmediatamente a aportar todas las nuevas pruebas que le sean solicitadas, ya
que la sentencia del Tribunal Supremo deja claro que el conflicto jurisdiccional
queda abierto pero que no se podrán ignorar ni las pruebas que se vayan a
solicitar ni tampoco afirmar con qué partida presupuestaria ejecutará la
sentencia en el caso de que prospere la demanda”, según ha declarado el
concejal.
Por el contrario, para el
vicealcalde del Ayuntamiento, Alfonso Grau, “lo que hace el Supremo es anular
la sentencia del TSJ por razones exclusivamente formales y, por lo tanto, en
ningún caso prejuzga un contenido desfavorable respecto a la legalidad de las
actuaciones realizadas, tanto en lo que se refiere al convenio urbanístico como
en lo que se refiere a las intervenciones sobre el edificio municipal de
Tabacalera”.
Para Grau, tanto la asociación
Salvem Tabacalera como la oposición confunden sus pretensiones y sus deseos con
la realidad de la sentencia. “La sentencia del Tribunal Supremo se refiere
única y exclusivamente a que por parte del TSJ se admitan los documentos que en
su día fueron rechazados y que se valoren, sin entrar a prejuzgar en ningún
caso la legalidad de las actuaciones realizadas”.
El
Supremo desligitima los derribos en Tabacalera.
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El
Supremo anula la sentencia del TSJ que avalaba los derribos de Tabacalera.
2 comentarios:
Ayyyy cómo me duele esta entrada tan de mañana.
Un abrazo
Es una verdadera pena, pero ya no se puede recuperar lo que se ha derribado...Muchas veces se actua demasiado tarde :(
Diana
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